Protomedicato y matronas

Ante la premisa del título lo primero que debemos señalar es que el Real Tribunal del Protomedicato castellano, existía desde 1477 durante los reinados de Juan II de Portugal y Enrique IV de Castilla, y como cita la RAE (Real Academia de la Lengua Española), este es un “tribunal formado por los protomédicos y examinadores, que reconocía la suficiencia de quienes aspiraban a ser médicos, y concedía las licencias necesarias para el ejercicio de dicha facultad. Hacía también veces de cuerpo consultivo”. Por tanto, fue considerado como la institución central encargada de velar por la salud pública y el desempeño de determinadas profesiones relacionadas con esta, con carácter administrativo y judicial. Que no solo llevo a cabo su labor en España, también lo hizo en Latinoamérica.

Es interesante constatar la conformación del tribunal que concedía las licencias en Málaga (que es el caso al que hago referencia), donde participaba una matrona con título de examinadora y un médico hasta avanzado el siglo XVIII, a título de ejemplo: a Inés María de Ballesteros y Salcedo en el año de 1733 se le concede título y entre 1746 y 1792 hay referencias de exámenes realizados por María Cecilia Valdecañas y María Gómez, en ambos casos un médico y un cirujano hicieron las veces de tribunal examinador. Este tribunal también lo encontramos en Valencia, en todas las situaciones, tras recibir la pertinente titulación que les daba el respaldo para ejercer su oficio, se dictaminó que no deberían presentarse nuevamente (para su refutación) a menos que voluntariamente lo quisieran.

Volviendo a los orígenes, ya desde el siglo XV existen referencias sobre la formación y política del ‘oficio’ de comadrona o partera, existiendo cartas de aprobación para que pudieran ejercerlo en 1434 (Cortes de Zamora) y 1448(Ordenanzas de Madrigal). Aunque será mediante la creación del Real Tribunal del Protomedicato cuando se establezcan los exámenes que las parteras deberían realizar y que confirmarían sus competencias y habilidades. Dicho tribunal fue establecido por los RRCC (Reyes Católicos) a finales del siglo XV, algo que supondría a posteriori una forma de diferenciar y subordinar a estas comadres a la profesión médica. Con respecto a la figura que nos atañe, sería a partir de 1750 cuando se imponen los exámenes a las comadronas para valorar la profesionalidad de estas por parte del protomedicato, en el caso del varón que quisiera asistir a las mujeres, primero debía tener el título de cirujano y después especializarse en este saber. Ya en 1790, los propios cirujanos regularan la enseñanza de las matronas en espacios académicos como el Real Colegio de Cirugía de San Carlos de la capital española.

“Desde la cirugía se asumió la responsabilidad de asistir el parto, debidas a su capacidad intelectual y capacidad instrumental exclusivas del cirujano, pues la educación se denegaba a la mujer, siendo a finales de siglo exceptuadas las mujeres que formaban parte de una clase social elevada, donde por medio del estatus, riqueza y acomodación social pudieron alcanzar una educación más completa” (Pascual I. Trabajo fin de grado enfermería. De la hegemonía de la matrona al control de los cirujanos. El arte de partear en el siglo XVIII y principios del XIX. Curso 2017/2018. Universidad Complutense Madrid).

En todo caso, “las matronas, parteras o comadres de los siglos XVI y XVII eran en toda Europa mujeres expertas en partos y salud de mujeres y niños”, participando activamente en actos religiosos y legales, lo que les convertía en figuras importantes de la comunidad y con cierto poder social. Este arte de partear constituía su modo de vida, un oficio donde la mujer había sido la única asistente durante siglos, eso sí, carecía del carácter organizativo e identitario, aunque muchas de ellas lucharan denodadamente por su profesión, como es el caso de Luisa Rosado que ejerció como partera entre 1770 y el 1771 en la Casa de los Desamparados (Os recomiendo el libro ‘Sanadoras, matronas y médicas en Europa’ de Monserrat Cabré y Teresa Ortiz).

Yo me quiero imaginar la fuerza con la que estas mujeres deseaban encontrar su espacio en un entorno muy complicado:

Hoy no es un día cualquiera para Josefina Expósito, esta, por la calle real se dirige al Cabildo de Málaga. Hace ya unas semanas de su llegada a esta ciudad portuaria tras haber hecho escala en Motril, ciudad que según el catastro del Marqués de la Ensenada registra unas 35000 almas (basándose en el registro parroquial).

Málaga en 1770

Josefa es viuda, como mandan los cánones, cristiana vieja siendo refrendado esta última tilde con su certificado de pureza de sangre, posee conocimientos sobre el parto y el cuidado de los infantes, además de manejar con soltura el fórceps, todo ello aprehendido de otras comadres del reino y de su aventura como partera en Castilla, bueno, principalmente de su tía Sagrario que la hizo su aprendiz. Hoy tendrá que demostrar sus conocimientos y habilidades, siendo capaz de leer y escribir, lo que le confiere cierta ventaja a la hora de hacer pública su profesión mediante carteles, como así desea.

Hoy se examinará para poder alcanzar la cartilla que le permita ejercer este oficio en dicha ciudad, pero que el Protomedicato, bajo sanción real* desea controlar, ante la grey de mujeres que inadecuadamente ejercen de parteras y crean emplastos que nada tienen de ciencia, sanción real, que como digo, trata de mejorar la salud pública, ya diezmada por hambrunas o por los diversos desbordamientos del rio Guadalhorce. Fernando VI** es quien ha dispuesta la norma real para controlar la formación y desempeño de dicho oficio.

En la sala se encontrará ante una matrona examinadora y un doctor cirujano, que le impondrán una serie de cuestiones que previamente escudriñó en el manual de D. Antonio Medina, ‘El arte de partear’ y que junto a su experiencia respaldarán un veredicto positivo de este tribunal, o así lo espera. Sí, para ella, esta y otras actividades son un arte, pues mediante sus conocimientos y destrezas es capaz de ayudar a la mujer en ese difícil momento que es el parto.

Un invento fundamental para impeler el desarrollo científico y del avance del conocimiento fue la imprenta, que supuso un revulsivo para la difusión de esta profesión ( y de muchas otras), fue a partir del siglo XVI cuando se conciben una serie de libros para su educación, ya no en latín sino en lengua romance, lo que facilitaría el acceso a los mismos, como el ‘Libro del arte de las comadres o madrinas y del regimiento de las preñadas y paridas y de los niños’ de Damián Carbó, 1541.

*En 1750, el presidente del protomedicato Joseph Suñol expone al rey Fernando VI la serie de graves problemas de salud pública que provocaban los partos y que según señalaba eran consecuencia de: “[…] impericia y mala conciencia de las mujeres llamadas parteras y de algunos hombres, que para ganar su vida habían tomado por oficio el partear” (Ortiz T. Protomedicato y matronas. Una relación al servicio de la cirugía).

**D. Fernando VI. En Buen Retiro á 21 de Julio de 1750

Exámen de parteros y parteras para poder exercer su oficio, baxo la instrucción que estableciere el Protomedicato.

El Tribunal del Protomedicato me ha hecho presente, que de algunos tiempos á esta parte acontecían en esta Corte, y en las principales ciudades y poblaciones de las Castillas, muchos malos sucesos en los partos, provenidos de la impericia de las mujeres llamadas parteras, y de algunos hombres que, para ganar su vida, habían tomado el oficio de partear; dimanando este universal perjuicio de haberse suspendido por la ley 2. De este título el examen que antes se hacia de las referidas parteras por los Protomédicos.

1. Para evitar en lo sucesivo estos graves perjuicios, conformándose con lo que me ha consultado el Consejo, he venido en mandar, que sin embargo de la expresada ley 2. Todas las personas que hubieren de exercer el oficio de parteros ó parteras, hayan de ser precisamente exâminadas; entendiéndose quedar exceptuados los casos de necesidad: y para que esta providencia tenga el debido cumplimiento, concedo permiso al Tribunal del Protomedicato, para que establezca las prudentes reglas con que deberán hacerse los exámenes; señalando las personas por quienes se practiquen fuera de la Corte y sus cinco leguas; formando la necesaria instrucción de lo que podrán y deberán hacer las parteras, y lo que les está prohibido y deben omitir en el uso de su exercicio; executando lo mismo por lo respectivo á los parteros, en la forma que lo estime conveniente.

2. Asimismo he venido en aprobar el arancel formado por el Protomedicato de los derechos que se deberán satisfacer por los exámenes; en virtud del qual las parteras que se exâminaren en el Tribunal y fuera de la Corte deberán aprontar cada una la cantidad de cien reales de vellón […]

3. Respecto e que deben ser Cirujanos los que exerzan el oficio de parteros, por ser parte de la Cirugía, si pretendiesen exámen separado del arte de partero, se les negará; advirtiéndoles, que no se da título que no sea para Cirujano; y queriendo llevar el aditamiento de partero, se les franqueará, exâminándolos al mismo tiempo de uno y de otro, sin exîgirles mas dinero […].

Como queda reflejado, en los textos presentados, la partería era inicialmente un oficio no reglado y de escasa formación, hablamos de mujeres que eran analfabetas en su gran mayoría, pero será a partir del siglo XVIII, principalmente, cuando mediante el control del Protomedicato, se regula la formación de estas comadres que reivindicaban un espacio merecido a través de muchos, muchos años. Un ejemplo sobre la visión que la sociedad española tenía sobre las mismas lo tenéis en el texto adjunto, sacado del libro ‘Los españoles pintados por sí mismos’ de 1843-1844.

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